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QUE HACER ANTE EL RIESGO DE SUFRIR UN ACCIDENTE POR RIESGO GRAVE E INMINENTE

Fecha: 25-07-2024

Salud Laboral |
 

QUE HACER ANTE EL RIESGO DE SUFRIR UN ACCIDENTE POR RIESGO GRAVE E INMINENTE

QUE HACER ANTE EL RIESGO DE SUFRIR UN ACCIDENTE POR RIESGO GRAVE E INMINENTE

El/la trabajador/a tendrá derecho a INTERRUMPIR SU ACTIVIDAD Y ABANDONAR el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un RIESGO GRAVE E INMINENTE para su vida o su salud.

Artículo 21.- Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales. Riesgo grave e inminente.


Descargar adjunto: Info Paralizacion riesgo grave VERTICAL (1).pdf

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