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Protocolos ante Fenómenos Adversos. Guia para la negociación colectiva

Fecha: 03-06-2026

Salud Laboral | Medioambiente |
 

Protocolos ante Fenómenos Adversos. Guia para la negociación colectiva

Los protocolos de actuación frente a catástrofes y fenómenos meteorológicos adversos son instrumentos orientados a reducir la vulnerabilidad de las personas trabajadoras y de las empresas frente a los impactos de fenómenos climáticos extremos, cada vez más frecuentes e intensos, reforzando su capacidad de prevención, respuesta y recuperación.

CCOO ha elaborado una guía sindical de protocolos ante catástrofes y fenómenos meteorológicos adversos para orientar la propuesta de protocolos en la negociación colectiva- 

Es una respuesta a las últimas reformas del Estatuto de los Trabajadores (ET) relacionadas con los casos de alertas meteorológicas: 

  • La obligación de negociar en los convenios protocolos de actuación que recojan medidas de prevención de actuación frente a catástrofes y otros fenómenos meteorológicos adversos (Artículo 85.1 del ET)
  • Derecho de información de la representación legal de las personas trabajadoras (RLPT) de las medidas de actuación previstas con motivo de la activación de dichas alertas, sin perjuicio de los derechos de información, consulta y participación, artículo 64.4 e) del ET.
  • Permiso de hasta 4 días por razones climáticas (artículo 37.3, letra g), del ET) y,  si la actividad lo permite, se puede establecer el trabajo a distancia en el marco de la Ley 10/2021.
  • Si la situación se alarga más de 4 días, estará justificado un ERTE de fuerza mayor (art. 47.6 del ET.)

 

¿Qué es un FMA? 

Se considera fenómeno meteorológico adverso (FMA) todo evento meteorológico capaz de producir, directa o indirectamente, daños a las personas y los bienes y que, por tanto, puede producir impactos (según la Agencia Estatal de Meteorología, AEMET).

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) considera que los FMA son condiciones de trabajo a efectos del artículo 4.7 de la Ley de prevención de riesgos laborales (LPRL) ya que pueden directa o indirectamente generar riesgos para las personas trabajadoras.

Serían FMA : temperaturas extremas como olas de calor o de frío; tormentas, lluvias torrenciales, riadas o inundaciones; viento o ventadas; fenómenos costeros; tormentas tropicales o huracanes; nevadas, aludes, deshielo; nieblas; polvo en suspensión; radiación solar; incendios etc.


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